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martes, 16 de noviembre de 2010

Aval

Pagare

Letra de cambio

Carta de porte y conocimiento de embargue

Cheque

Certificado de deposito

Bono de prenda

Factura Cambiaria

Reflexion sobre los sueños

Nunca se debe decir a un niño ni a nadie que sea soñador:

Que sus sueños son tonterías, porque pocas cosas son tan humillantes y sería una tragedia si lo creyese, porque le estaríamos quitando la esperanza de que sus sueños se conviertan en una realidad.

Quisiera vivir siempre soñando, porque los sueños te llavan a sitios donde nunca podrias estar, si no es soñando.

Quisiera vivir siempre soñando, porque un sueño te transporta a lugares idílicos maravillosos, como en las mil y una noches, de ali Babá y los.......

Quisiera vivir siempre soñando, porque ellos te acompañan por caminos llenos de luz, sin exigirte nada, son senderos sin abrojos donde tus pies cansados flotan en nubes de algodón y tus manos no están vacias.

Quisiera vivir siempre soñando, porque los sueños son el bálsamo que calma tus heridas y suavizan tu vida,colmándola de logros inalcanzables.

Quisiera vivir siempre soñando, porque los sueños prolongan la vida y te elevan sobre sentimientos insanos y con ellos puedes conseguir vivir en un mundo mejor ideado por tus dulces sueños.

Quisiera vivir siempre soñando, porque con ellos puedes construir un mundo sin odios, sin venganzas, sin rencores, sin avaricias, sin exigencias culposas y llenar tu vida de un amor puro y sincero,que te eleve sobre tantos sinsabores existentes en la vida.

Quisiera vivir siempre soñándo,porque los sueños no son tonterías,que son esperanzas que algún día puedes conseguir, si sigues un sueño creado por tí y pones en el tu afán y tu fé en alcanzarlo, ten por seguro que lo conseguirás, siempre que tu sueño sea leal y verdadero, sin perder la fé en que lo vas a conseguir, vertiendo en el empeño, toda tu voluntad y fuerza espiritual.

Noticia del dia

Encuentran exportaciones ficticias a Venezuela por 200 millones de dolares

El presidente Santos dijo que se investigan exportaciones por ese monto, como parte de las cuentas que se estan haciendo para que ese pais gire a los exportadores colombianos US$800 millones.

De acuerdo con el mandatario, se detectó que varias empresas se estaban ganando beneficios en los dos paises por operaciones no ciertas.

De los 800 millones de dolares adeudados, el vecino pais ya reconocio 330 millones de dólares y ya hizo giros por 250 millones de dolares.

lunes, 8 de noviembre de 2010

Legalizacion y organisacion

Codigo sustantivo del trabajo

La Ley 50 de 1990 hace parte del derecho laboral colombiano. En ella se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones alrededor de las relaciones laborales y la seguridad social en Colombia.

Aspectos fundamentales de la Ley

* Se da en el contexto de entrada la apertura económica y modernización productiva en Colombia.
* Su principal propósito fue liberar las rigideces de las relaciones laborales con el fin de mejorar las condiciones de las empresas colombianas en el nuevo modelo económico de globalización.
* Se crea la figura de los fondos de cesantías para administrar las cesantías de los empleados y con el fin de fomentar la demanda de papeles en el mercado de valores, dinamizando el sector financiero. Estas son vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
* Se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo tales como:
o Implementación de los contratos a término fijo, el empleo temporal y diversas modalidades de subcontratación.
o Establecimiento del salario integral para los salarios superiores a 10 salarios mínimos legales vigentes.
o Cambio en el régimen de cesantías:
+ Éstas entran a ser administradas por los Fondos de Cesantías.
+ Da terminación a la retroactividad de las cesantías para los contratos de trabajo celebrados posteriormente a la expedición de la Ley.



Fondos de Cesantías en Colombia

El Ministerio de Protección Social colombiano reconoce 6 fondos de cesantías en Colombia:

* Protección S.A.
* Porvenir
* Colfondos
* BBVA Horizonte
* Skandia
* ING Pensiones y Cesantías

Empresa y documentos para crear una empresa

Trámites registrales


Trámites específicos


Trámites laborales

Trámites hasta
el registro
correspondiente


Trámites relacionados
según la ubicación de
la empresa


Trámites relacionados
con la vinculación de
personal

Certificado de homonimia


Certificado del uso del suelo


Certificado del uso del suelo

Escritura pública


Paz y Salvo y/o recibo de pago
de Impuesto de Industria y
Comercio


Afiliación en la Caja de
Compensación Familiar

Inscripción ante la Cámara
de Comercio


Certificado de Condiciones
de Sanidad


Afiliación en la EPS

Registro mercantil


Certificado de Seguridad y
Prevención


Afiliación en las Administradoras
de Riesgos Profesionales,
ARP

Matrícula mercantil


Certificado de Condiciones
ambientales


Registro de los contratos
laborales

Certificado de Existencia
y Representación
Legal


Certificado de Sayco y Acimpro




Registro Único Tributario,
RUT


Otros Trámites para iniciar la actividad

* Apertura de cuenta corriente o de ahorros
* Registro de libros de comercio
* Registro único de proponentes

Tipos de sociedades comerciales

Sociedad colectiva

Tipo de socios:


Socios
Capital Social

* El capital se divide Capital se divide en partes de interés cuyo valor puede ser desigual.
* Cada socio tiene un voto, sin importar el valor de su participación.
* El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria.

Número de Socios o Accionistas

* Número de Socios o Accionistas

Responsabilidad de los Socios

* Solidaria e Ilimitada

Órganos Sociales

* Junta de socios
* Representante Legal

Cesión de Participaciones Sociales

* Requiere autorización expresa de los consocios.
* Requiere reforma estatuaria

Sociedad en comandita simple

Tipo de socios:


* Socios

Capital Social

* Dos categorías de socios:

a) colectivos o gestores:administran la sociedad

b) comanditarios: no intervienen en la administración de la misma.
Número de Socios o Accionistas

* El capital se divide en cuotas de igual calor que confieren un voto a cada una.
* Se integra con lo aportes de capital de los socios comanditarios y de los colectivos (si estos aportes existen).
* El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria.

Responsabilidad de los Socios

* Mínimo un socio gestor y máximo 25 socios comanditarios.

Órganos Sociales

* Solidaria e Ilimitada la de los socios gestores.

Cesión de Participaciones Sociales

* Junta de socios
* Representante Legal

Sociedad en comandita por acciones

Tipo de socios

* Dos categorías de socios:

a) colectivos o gestores:administran la sociedad

b) comanditarios: no intervienen en la administración de la misma.
Capital Social

* Se integra con los aportes de capital de los socios comanditarios y de los colectivos (si estos aportes existen).
* El capital se divide en acciones de igual valor.
* El aumento del capital autorizado requiere reforma estatutaria.

Número de Socios o Accionistas

* Mínimo un socio gestor y 5 comanditarios, y no hay límite máximo.

Responsabilidad de los Socios

* Hasta el monto de sus aportes, la de los socios comanditarios.

Órganos Sociales

* Asamblea de asociados
* Representante Legal

Cesión de Participaciones Sociales

* Las acciones son libremente negociables, salvo que se pacte derecho de preferencia.
* No requiere reforma estatutaria.

Sociedad anónima

Tipo de socios


*
Accionistas

Capital Social


*
El capital se divide en acciones de igual valor.
*
Las acciones en circulación corresponden al capital parado por los accionistas.
*
Se pueden emitir acciones privilegiadas, acciones de goce o industria, acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto, y bonos obligatoriamente convertibles en acciones.

Número de Socios o Accionistas


*
Mínimo 5 accionistas y no hay límite máximo.

Responsabilidad de los Socios


*
Hasta el monto de sus aportes.

Órganos Sociales


*
Asamblea general de accionistas.
*
Junta de Socios
*
Representante Legal

Cesión de Participaciones Sociales


*
Las acciones son libremente negociables, salvo que se pacte derecho de preferencia.
*
No requiere reforma estatutaria.

Sociedad de responsabilidad limitada

Tipo de socios

* Socios

Capital Social

* El capital se divide en cuotas de igual valor.
* El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria

Número de Socios o Accionistas

* Mínimo 2 socios y máximo 25.

Responsabilidad de los Socios

* Hasta el monto de sus aportes.

Órganos Sociales

* Asamblea de asociados
* Representante Legal

Cesión de Participaciones Sociales

* Existe derecho de preferencia.
* No requiere reforma estatutaria.

Empresa unipersonal

Tipo de socios

* Uno

Capital Social

* No tiene límite

Órganos Sociales

* Representante legal (opcional)

Pago del Capital

* Debe pagarse al momento de constitución de la empresa.

Aumento de Capital

* Requiere escritura pública.

Revisor Fiscal

* No requiere

Estatuto tributario

El estatuto tributario es algo que no le debe faltar a un contador público, a un auxiliar contable o al mismo empresario, toda vez que las normas fiscales tienen un gran efecto sobre cualquier actividad económica que se ejerza.

Anteriormente había que andar con el estatuto tributario debajo del brazo; hoy no, puesto que con los avances logrados con el Internet, se tiene acceso a él en línea en cualquier momento y caso dese cualquier parte.

Es así como la secretaría del senado, en su página Web ha habilitado el Estatuto tributario, donde se puede consultar fácilmente, y donde se presenta con vigencias, derogatorias, concordancias y hasta jurisprudencia.

Administracion Basica

martes, 2 de noviembre de 2010

Reflexion sobre la vida

Hoy me puse a pensar la importancia que no le damos a la vida, cuando ésta sin querer nos quita cosas, pensamos que es injusta y olvidamos que sin ella no seríamos quienes somos. Todos estamos llenos de momentos felices y nos sentimos morir cuando algo se termina.

La felicidad llega en cualquier momento, todo en el mundo se termina, hasta lo más hermoso, hasta lo más molesto y doloroso.

Acá nosotros pensamos que estar solos es el fin de la vida y no nos damos cuenta que a veces la soledad nos ayuda a encontrar respuestas que no estaban…

El amor tiene un millón de vueltas, a veces nos sorprende y nos da felicidad y a veces se transforma en lo peor que hay.

Pensando todo esto , crecí un poquito mas, aprendí a sonreír y a ver la realidad tal cual como es, pero por sobre todo pude darme cuenta que no sirve el ORGULLO cuando existe la AMISTAD, que no sirve LLORAR cuando un amor se va, que no vale la pena aprender a CALLAR y que no existen FRONTERAS cuando nos sentimos vivos.

Autor desconocido

Pasos para crear una empresa

VERIFIQUE EL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL.
•En el puesto de información de cualquiera de las Sedes de la Cámara de Comercio, puede solicitar un volante para la consulta de nombres.
•Diligencie el formulario con los nombres que desea consultar y la actividad a la que se va a dedicar.
•Cancele el valor de la consulta la cual cuesta $1.500.
•Presente el formulario diligenciado en las ventanillas de Cámara de Comercio y el empleado le indicará cuando reclamarlo, con el fin de saber si puede usar dicho nombre o no debido a que ya existe o hay alguno similar.
Una vez aprobado el nombre pase a hacer lo siguiente:
ELABORE LA MINUTA CON EL SIGUIENTE CONTENIDO BÁSICO:
•Los datos de los socios constituyentes: nombres completos, cédulas, nacionalidad, estado civil y domicilio.
•La clase o tipo de sociedad que se constituye y el nombre de la misma.
•El domicilio de la sociedad y de las sucursales que se establezcan.
•El negocio de la sociedad (objeto social), enunciando en forma clara y completa las actividades principales.
•El capital social pagado por cada socio. Si es una sociedad por acciones se deberá expresar el capital suscrito y pagado, la forma como se cancelarán las cuotas y el valor nominal de las acciones representativas del capital. (ver paso uno).
•Se debe expresar como se administrará la sociedad, las facultades de los administradores, las asambleas y juntas de los socios, según lo establecido legalmente para cada tipo de sociedad (para mayor información vea el código de comercio).
•Los días y la forma de convocar y constituir la asamblea o junta de socios ya sea de manera ordinaria o extraordinaria, y la forma como se decidirá en un determinado asunto.
•Las fechas en que se deben hacer los balances generales y como se distribuirán las utilidades, así como también la reserva legal.
•La duración de la empresa y sus causales para disolverla, y la forma de liquidarla.
•Establecer el representante legal de la sociedad con su domicilio, sus facultades y obligaciones.
Modelo de minuta de una sociedad limitada:
En la ciudad de Medellín, departamento de Antioquia, República de Colombia, a primero de julio de mil novecientos noventa y ocho, el señor Juan Martínez Robledo y Oscar Rueda Osorio, mayores de edad, con domicilio en Medellín, identificados con las cédulas de ciudadanía números ........................................, obrando en nombre propio, manifestaron que constituirán una sociedad de responsabilidad limitada la cual se regirá por las normas establecidas en el código de comercio y en especial por los siguientes estatutos:
Artículo 1: Nombre o razón social: la sociedad se denominará "XY Limitada".
Artículo 2: Domicilio: el domicilio principal será en la ciudad de Medellín, Departamento de Antioquia, República de Colombia, sin embargo la sociedad puede establecer sucursales, en otras ciudades del país como en el exterior.
Artículo 3: Objeto social: la compañía tiene por objeto social: diseño, producción y comercialización de productos y servicios de publicidad gráfica y compra y venta de materias primas. En el desarrollo y cumplimiento de tal objeto puede hacer en su propio nombre o por cuenta de terceros o con participación de ellos, toda clase de operaciones comercial, sobre bienes muebles o inmuebles y construir cualquier clase de gravamen, celebrar contratos con personas naturales o jurídicas, efectuar operaciones de préstamos, cambio, descuento, cuentas corrientes, dar o recibir garantías y endosar, adquirir y negociar títulos valores.
Artículo 4: Duración de la sociedad: se fija en 10 años, contados desde la fecha de otorgamiento de la escritura. La junta de socios podrá mediante reforma, prolongar dicho término o disolver extraordinariamente la sociedad, antes de que dicho término expire.
Artículo 5: el capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.
Artículo 6: cuotas: El capital social se divide en diez cuotas o acciones de un valor nominal de un millón de pesos, capital y cuotas que se encuentran pagadas en su totalidad de la siguiente forma: El socio Juan Martínez Robledo, suscribe el ochenta por ciento en ocho cuotas de valor nominal y paga en efectivo el valor de $8.000.000. El socio Oscar Rueda Osorio suscribe el veinte por ciento y paga en efectivo el valor de $2.000.000. así los aportes han sido pagados íntegramente a la sociedad.
Artículo 7: Responsabilidades: la responsabilidad de cada uno de los socios se limita al monto de sus aportes.
Artículo 8: Aumento del capital: el capital de los socios puede ser aumentando por nuevos aportes de los socios, por la admisión de nuevos socios o por la acumulación que se hicieron de utilidades por determinación de común acuerdo de los socios.
Artículo 9: Cesión de cuotas: las cuotas correspondientes al interés social de cada uno de los socios no están representadas por títulos, ni son negociables en el mercado, pero sí pueden cederse. La cesión implicará una reforma estatutaria y la correspondiente escritura será otorgada por el representante legal, el cedente y el cesionario.
Artículo 10: Administración: la administración de la sociedad corresponde por derecho a los socios, pero estos convienen en delegarla en un gerente, con facultades para representar la sociedad. Esta delegación no impide que la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social se someta al gerente, cuando los estatutos así lo exijan, según la voluntad de los socios.
Requiere para su validez el consentimiento de todos los socios, la ejecución o ejercicio de los siguientes actos o funciones: 1. Disponer de una parte de las utilidades líquidas con destino a ensanchamiento de la empresa o de cualquier otro objeto distinto de la distribución de utilidades.
Artículo 11: Reuniones: la junta de socios se reunirá ordinariamente una vez por año, el primer día de Marzo a las 10:00 de la mañana en las oficinas del domicilio de la compañía.
Artículo 12: Votos: en todas las reuniones de la junta de socios, cada socio tendrá tantos votos como cuotas tenga en la compañía. Las decisiones se tomaran por número plural de socios que represente la mayoría absoluta de las cuotas en que se halla dividido el capital de la sociedad, salvo que de acuerdo con estos estatutos se requiera unanimidad.
Artículo 13: La sociedad tendrá un gerente y un subgerente que lo reemplazará en sus faltas absolutas o temporales. Ambos elegidos por la junta de socios para períodos de un año, pero podrán ser reelegidos indefinidamente y removidos a voluntad de los socios en cualquier tiempo. Le corresponde al gerente en forma especial la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social con las limitaciones contempladas en estos estatutos. En particular tendrá las siguientes funciones (enumere todas aquellas que considere pertinente)..............
Artículo 14: Inventarios y Balances: mensualmente se hará un Balance de prueba de la sociedad. Cada año a 31 de Diciembre se cortarán las cuentas, se hará un inventario y se formará el Balance de la junta de socios.
Artículo 15: Reserva Legal: aprobado el Balance y demás documentos, de las utilidades líquidas que resulten, se destinará un 10% de reserva legal...........
Articulo 16: La sociedad se disolverá por: 1. La expedición del plazo señalado para su duración. 2. La pérdida de un 50% del capital aportado. 3. Por acuerdo unánime de los socios. 4. Cuando el número de socios exceda de veinticinco. 5. Por demás causales señaladas en la ley.
Artículo 17: Liquidación: disuelta la sociedad se procederá a su liquidación por el gerente salvo que la junta de socios resuelva designar uno o más liquidadores con sus respectivos suplentes, cuyos nombramientos deberán registrarse en la Cámara de Comercio del domicilio de la ciudad.
De esta manera se debe detallar toda la información referente a la sociedad con da uno de los aspectos mencionados en el contenido básico.


Nota:
Los artículos de los estatutos, deben ser normas de carácter permanente y general, deben constituir reglas estables que No requieran de ajustes.
En cuanto al diseño de los estatutos puede redactarse todos los artículos que le convengan a la organización, pero teniendo presente no establecer artículos para los estatutos que se conviertan en un limitante para el desarrollo de la empresa en lo relativo a operaciones comerciales o administrativas.
IR A LA NOTARÍA:
Para nuestro ejemplo el valor que se debe pagar en la Notaría para un capital de $10.000.000, es de $115.000, allí procederán a hacerle lo siguiente:
•Le transcribirán su minuta conformando así la Escritura Pública, firmada por el notario con los sellos respectivos y adicionalmente por los socios con la cédula y sus huellas.
REALIZAR EL PAGO DEL IMPUESTO DE REGISTRO SOBRE LA ESCRITURA:
Realizar el pago del impuesto de registro sobre la escritura de constitución en la oficina de Rentas Departamentales, edificio Antioquia en la avenida Primero de Mayo con Palacé en Medellín o en los estancos oficiales.
ADQUIRIR EL FORMULARIO DE MATRÌCULA MERCANTIL:
Adquirir en la Cámara de Comercio el formulario de Matrícula Mercantil "Sociedades Comerciales", el cual tiene un costo de $2.000, posteriormente debe presentar en la ventanilla de la Cámara de Comercio lo siguiente:
•El formulario de matrícula mercantil diligenciando, junto con el volante de "consulta de nombres" aprobado.
•Dos copias autenticadas de la escritura pública de constitución de la sociedad, en la que debe aparecer el nombramiento del representante legal. En el caso de ser empresa unipersonal, el documento privado sino se constituyó por escritura pública.
•Recibo de pago del impuesto de Registro expedido por Rentas Departamentales.
•Carta de cada una de las personas nombradas, como: representantes legales, junta directiva y revisor fiscal cuando sea el caso.
•Documento de identificación del representante legal.
•Permiso de funcionamiento de la sociedad, en caso de hallarse sujeta a vigilancia estatal.
•En caso de aporte de inmuebles al capital social, acreditar el pago del impuesto de anotación y registro (boleta de rentas).
•Solicitar en la taquilla de la Cámara de Comercio el valor de la liquidación de los derechos de matrícula.
•Cancelar los derechos de matrícula. Al momento del pago le entregarán un recibo con el cual podrá reclamar el certificado de su matrícula, así como las copias de los formularios, las escrituras y las cartas de aceptación. Según nuestro ejemplo para un capital de $10.000.000 se debe cancelar $176.000.
•Obtener copia del certificado de existencia y representación legal de la sociedad.
•Luego de haber realizado la inscripción, usted podrá solicitar a la Cámara de Comercio, el certificado de existencia y representación, es un documento que le permite al comerciante o sociedad realizar algunos trámites (inscripción ante la administración de impuestos, industria y comercio, etc.) o simplemente acreditar su matrícula en el registro mercantil.
REGISTRO DE LIBROS DE COMERCIO:
Están compuestos por los libros de contabilidad, libros de actas, libros de registro de aportes, comprobantes de las cuentas, los soportes de contabilidad y la correspondencia relacionada con sus operaciones.
Una vez matriculada la sociedad o empresa, el propietario de esta o el representante legal debe presentar y solicitar el registro de los libros de comercio, con carta dirigida a la Cámara de Comercio y diligenciar el formulario de solicitud respectivo. Los libros son los siguientes:
•Libro auxiliar: se lleva para registrar detalladamente en orden cronológico las cuentas principales, totalizando débitos, créditos y saldo que pasa al final de cada período al libro diario y al libro mayor, este libro no requiere ser registrado en la Cámara de Comercio.
•Libro caja - diario: en este libro se pasan las operaciones contables en orden cronológico, en forma individual o por resúmenes que no excedan de un mes.
•Libro mayor: en este libro se pasan las operaciones por cuentas utilizando el sistema de partida doble; permitiendo establecer el resumen mensual de todas las operaciones para cada cuenta.
•Libro inventario y balance: se debe hacer un inventario y un balance general al iniciar sus actividades y por lo menos una vez cada año para conocer en forma clara y completa la situación del patrimonio.
•Libro de accionistas: en el se escriben las acciones, anotando el título, el número y la fecha de inscripción, al igual que los cambios de propietario.
•Libro de actas: los libros de actas pueden ser de dos clases: libros de actas de asamblea de socios y libro de acta de junta directiva. El primero lo deben llevar todas las sociedades, el segundo solo en las que posean junta directiva.
En los libros de actas, deben anotarse en orden cronológico las actas de las reuniones, las cuales deberán ser firmadas por el secretario y presidente de la reunión.
La primera hoja de cada libro debe presentarse rotulados (marcados) a lápiz en la parte superior con el nombre de la sociedad y la destinación que se dará a cada libro, así como numerarse consecutivamente y no tener ningún registro contable.
Los pasos a seguir en la Cámara de Comercio:
•Llevar el formato, la carta y los libros en cualquier taquilla de la Cámara de Comercio.
•Pagar los derechos de inscripción de los libros. Al momento de cancelar le entregarán el recibo de pago con el cual podrá reclamar los libros registrados, en la fecha que allí se indica. Actualmente cada libro tiene un costo de $15.000.
•Cuando le entreguen los libros, verifique que la primera página de cada libro registrado este sellado por la Cámara de Comercio y rubricadas todas las demás.
IR A LA DIAN:
Ir a la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para que obtenga el número de identificación tributaria (NIT), el cual es necesario para identificarse en el desarrollo de las actividades comerciales. Para este número de identificación, el cual es expedido en una tarjeta, se debe realizar el trámite correspondiente en la DIAN, que se encuentre en el municipio donde se está domiciliado. Pasos a seguir:
•Con el certificado de existencia y representación que solicite en la Cámara de Comercio, diríjase a la DIAN y solicite el formulario de RUT (registro único tributario), por medio del cual se puede realizar los siguientes trámites, entre otros:
o Asignación de NIT
o Inscripción en el registro de vendedores si es responsable de IVA.
•Una vez adquirido y diligenciado el formulario, preséntese ante la DIAN, con los siguientes documentos:
o Formulario de RUT diligenciado en original y dos copias.
o Copia de la escritura pública de constitución.
o Certificado de existencia y representación, expedido por la Cámara de Comercio, con fecha no mayor a tres meses antes de su presentación.
o Fotocopia de la cédula del representante legal.
El registro de Impuestos sobre las ventas (IVA), se puede hacer en el momento de realizar la solicitud del NIT. Los responsables del régimen simplificado no tienen obligación de declarar el IVA, los responsables del régimen común deben hacerlo bimestralmente en las fechas que indique el calendario tributario, el cual puede adquirir directamente en la DIAN.
Simultáneamente con la solicitud del formulario RUT, usted puede solicitar el formulario para que la DIAN le autorice la numeración para las facturas que usará en su negocio.
AFILIACIÓN A LA ASEGURADORA DE RIESGOS PROFESIONALES (ARP):
Algunas de ellas son: el ISS, Colmena, Suratep, entre otros. Los pasos a seguir son:
Una vez elegida la ARP, el empleador debe llenar una solicitud de vinculación de la empresa al sistema general de riesgos pr5ofesionales, la cual es suministrada sin ningún costo por la ARP, dependiendo el grado y la clase de riesgo de las actividades de la empresa, ellos establecen la tarifa de riesgo la cual es un porcentaje total de la nómina y debe ser asumida por el empleador, dicho valor se debe pagar cada mes.
Adicionalmente debe vincular a cada trabajador, llenando la solicitud de vinculación del trabajador al sistema general de riesgos profesionales.
RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL:
Usted deberá inscribir a alguna entidad promotora de salud (EPS) a todos sus trabajadores, los empleados podrán elegir libremente a que entidad desean vincularse (Coomeva, Susalud, Cafesalud, Cruz Blanca, entre otras). Una vez elegida el empleador deberá adelantar el proceso de afiliación tanto de la empresa como para el trabajador, mediante la diligenciación de los formularios, los cuales son suministrados en la EPS elegida.
El formulario de afiliación del trabajador deberá diligenciarse en original y dos copias, el original es para la EPS, una copia para el empleador y la otra para el trabajador.
El porcentaje total de aportes a salud es de un 12% del salario devengado por el trabajador. El valor resultante se divide en tres partes iguales, de las cuales el trabajador debe pagar una y el empleador las dos restantes.
FONDO DE PENSIONES Y CESANTÍAS:
El empleador debe afiliar a todos los miembros de la empresa al fondo de pensiones, el cual el trabajador podrá elegir. Una vez elegido se llena la solicitud de vinculación, la cual se la suministra el fondo.
Ya vinculado se debe pagar mensualmente el 13.5% del salario devengado por el trabajador, dicho valor se divide en cuatro y de estas el empleador paga tres y una el trabajador.
APORTES PARAFISCALES
Son pagos a que está obligado todo empleador a cancelar sobre el valor de la nómina mensual a través de las cajas de compensación familiar para: Subsidio familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y SENA.
Para realizar la respectiva inscripción, se debe adquirir un formulario en la Caja donde desea afiliarse (Comfama o Confenalco), donde le entregarán adjunto el formulario de afiliación al ICBF y al SENA.
Los pasos para la afiliación de la empresa son:
•Presentar solicitud escrita, suministrada por la Caja de Compensación Familiar, donde conste: domicilio, NIT, información sobre si estaba afiliado o no a alguna caja de compensación familiar. A la solicitud se le debe anexar lo siguiente:
o Fotocopia de la cédula si es persona natural
o Certificado de existencia y representación legal vigente si es persona jurídica.
o Relación de trabajadores indicando para cada uno: número de cédula, nombre completo y salario actual.
o Formulario diligenciado de afiliación a la empresa.
o Formulario de afiliación del trabajador y de las personas a cargo.
•Para afiliar al trabajador debe:
o Presentar el formulario de inscripción del trabajador debidamente diligenciado.
o Adjuntar los documentos necesarios para inscribir las personas que tengan a cargo trabajadores.
•Una vez esté en la Caja de Compensación Familiar elegida, debe pagar durante los primeros diez días del mes, el valor correspondiente al 9% del total devengado en la nómina mensual, los cuales deberán ser asumidos por el empleador. La distribución del 9% es la siguiente:
o 2% para el SENA.
o 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
o 4% para la Caja de Compensación Familiar

Ajustes contables

Todo lo que suceda en el negocio debe registrarse en el sistema contable, para que el diario y el mayor contengan un historial completo de todas las operaciones mercantiles del periodo. Si no se ha registrado una operación o transacción, los saldos de las cuentas no mostrarán la cifra correcta al final de periodo contable.

Los asientos con que se ajustan o actualizan las cuentas se llaman asientos de ajuste. Cada asiento de ajuste afecta una cuenta de balance general y del estado de resultados. Si el ajuste no afecta a una cuenta de ingresos o de gastos, no es un asiento de ajuste.

Ajustes de Gastos

Todos los asientos de ajuste relacionados con gastos acumulados pendientes de pago y gastos que al pagarse fueron registrados como activo, requieren un cargo a una cuenta de gasto y un abono a una cuenta de activo o pasivo.

A continuación se muestran tres tipos de ajustes de gasto:

Gastos devengados: muchos negocios incurren en ciertos gastos del periodo antes de efectuar el pago correspondiente, estos gastos que se van acumulando se llaman gastos devengados o incurridos.

Gastos pagados por anticipado: son gastos que se registraron como un activo o como un gasto cuando se pagaron. Un gasto pagado por anticipado es un activo y se produce cuando se pagan gastos que abarcan uno o más periodos contables futuros. Cuando el pago se hace antes de que se haya incurrido en el gasto o antes de que se haya vencido por lo general se hace el cargo a la cuenta de un activo, debido a que representa un costo no vencido y que se empleará en periodos futuros, para producir ingresos. Sin embargo se puede utilizar una cuenta del estado de resultados para registrar el gasto cuando se paga. Cuando se usa una cuenta del estado de resultados para anotar el asiento inicial, es necesario ajustar una cuenta de gastos para bonificar cualquier parte no utilizada o vencida, y pasar el importe a una cuenta del balance general.

Distribución del costo de un activo fijo a lo largo de su vida útil, mediante el proceso de depreciación. Al proceso de cancelar o disminuir el costo de un activo fijo, con la excepción de terrenos, a lo largo de su vida útil estimada se le conoce como depreciar el activo o simplemente como depreciación. Cuando se distribuye el costo del activo fijo a lo largo de su vida útil estimada, se carga a la cuenta de depreciación y se acredita a la cuenta de depreciación acumulada.

Interés Acumulado

El interés que se carga en préstamos a corto plazo (30,60 o 90 días) es el gasto o costo de pedir dinero prestado. El interés se va acumulando según pasa el tiempo. Pero el pago de la cantidad tomada mas el interés, no se efectuará hasta la fecha de vencimiento del préstamo.

Ajustes de Ingresos

Todos los ajustes de ingresos acumulados pendientes de cobro y de ingresos que al momento del pago se registraron como pasivos, ya que no habían sido devengados, requieren un cargo a una cuenta de activo o pasivo y un abono a una cuenta de ingresos, esto se debe hacer en el ultimo día del periodo contable.

Existen dos tipos de ajustes de ingresos:

Ingresos acumulados pero no registrados ni cobrados.

Anticipos de clientes que se registran como pasivo y que cuando se devenguen se convertirán en ingresos.

Los ingresos pueden ser devengados (ganados) antes de que se reciba efectivo del cliente, o de que se contabilice la operación en los registros contables. Estos ingresos que se han devengado pero que aun no se han recibido o registrado se llaman ingresos devengados.

Cuando un cliente paga por adelantado servicios prestados, se carga a la cuanta de efectivo y por lo general, se acredita una cuenta de pasivo llamada anticipos de clientes, debido a que no se ha realizado el servicio y el ingreso aun no se ha ganado.

Normalmente, todos los anticipos cobrados a clientes se registran en una cuenta de pasivo al momento en que se recibe el pago.

Cuando se usa una cuenta de resultados para registrar el asiento inicial, será necesario el ajuste a una cuenta de ingresos para cancelar cualquier ingreso no devengado y traspasar el importe a una cuenta de pasivo.

Balanza de comprobación ajustada

Después de anotar en el diario los asientos de ajuste y pasarlos al mayor, se prepara una balanza de comprobación ajustada para verificar la exactitud del mayor, antes de preparar y actualizar los estados financieros de fin de año.

Ajustes por Inflación

El actualizar los estados financieros surge de la necesidad de conocer el valor real que tienen las partidas no monetarias de una empresa y conocer hasta que punto se han visto afectadas por la inflación. Las partidas no monetarias son aquellas cuyo valor varía con el transcurso del tiempo.

Los ajustes que más se realizan en las empresas son en las siguientes partidas:

Inventarios

Activos Fijos

Depreciación de activos fijos

Capital contable

Para ajustar los activos fijos por inflación, al igual que en los inventarios, se requiere del factor de ajuste. Una vez obtenido el factor, se le aplica al valor histórico. El ajuste se hará cargando a la cuenta del activo fijo y acreditando a la cuenta de exceso o insuficiencia de capital.

La depreciación acumulada es la contrapartida del activo fijo por lo tanto debe mostrar un saldo que este valuado con pesos del mismo poder adquisitivo que el activo fijo.

Noticia economica

Los hombres siguen ganando más que las mujeres, los universitarios toman vuelo en el ámbito profesional y la flexibilidad salarial es una alternativa que aumenta dentro del mundo empresarial nacional. Algunas características de la situación laboral colombiana.
De acuerdo con el más reciente estudio sobre desigualdad salarial, Colombia pasó de ocupar la posición 22 entre 115 países en el 2006, al lugar 55, entre 134 este año. Y uno de los inconvenientes está en la baja participación de las mujeres en la fuerza laboral, ítem en el que Colombia ocupa el lugar 113, entre 134 naciones.

El Foro Económico Mundial usa un indicador de cero a uno para medir la igualdad, donde uno indica que hombres y mujeres tienen los mismos derechos. En participación laboral femenina, Colombia saca 0,55 y en equidad salarial 0,59.

Como lo publica Vanguardia, en items como participación económica y oportunidades igualitarias para hombres y mujeres, Colombia fue calificado con 0.6941, ocupando el lugar 45 en el listado total. En igualdad educativa, Colombia fue calificada con 0.9956, ocupando el lugar 44.

Como lo explica Daniel Gómez, PHD en Economía del Booth School of Business, Universidad de Chicago, para Dinero, la desigualdad de salarios es uno de los componentes más importantes de la desigualdad del ingreso. La desigualdad es en gran medida fruto de decisiones individuales de trabajo, inversión en educación y capital que no debemos desincentivar. El aumento en la desigualdad en Estados Unidos, China e India ha venido acompañado de una disminución importante en índices de pobreza, altas tasas de crecimiento e importantes oportunidades de progreso para el grueso de la población.

Documentos Contables

lA LIBRANZA

La libranza es un mecanismo de recaudo de cartera en donde el deudor autoriza a su entidad empleadora a descontar de su nomina mensual o quincenal una suma determinada para aplicar a la cancelación de sus obligaciones ante una entidad financiera, y la entidad empleadora se compromete a entregar dichas sumas a la entidad financiera en un plazo previamente convenido. Para el adecuado desarrollo del esquema de libranza es de suma importancia que la entidad financiera cuente con la autorización de descuento de nómina del deudor-empleado y el convenio de recaudo debidamente suscrito con la entidad empleadora en donde estén expresamente consignadas todas las obligaciones del convenio.

KARDEX

de componentes, expediciones o de toda clase de mercancias en general. al proceder asi, como cliente, dispondran de mejores herramientas profesionales que les permitiran ser mas competitivos en el mercado y esto reduciendo al mismo tiempo sus costes gracias a mejores rendimientos en materia de espacio en el suelo, de productividad y flujo de materiales. kardex propone una amplia gama de soluciones de almacenamiento, clasificacion y puesta a disposicion automatizadas, concebidas para mejorar la productividad y optimizar el espacio del suelo, permitiendo asi a las empresas ser mas competitivo en su funcionamiento al diario.


FACTURA DE CRÉDITO

Es un documento que sigue sin aceptación.

Permite fijar una fecha cierta para pago de las facturas que les venden a los hipermercados y otras grandes concentraciones comerciales o cuando son proveedoras de grandes industrias. Esto neutraliza los abusos de posición dominante de las grandes empresas, abusos que han sido sistemáticamente utilizados, por los grandes hipermercados y las grandes concentraciones industriales para obtener de manera desleal una mejor posición competitiva, en perjuicio de las pequeñas y medianas empresas de la producción, de la industria y del comercio, causando graves daños no solo a esos segmentos empresarios sino también a las economías regionales.

RECIBO

El recibo es un documento, mediante el cual una persona acredita haber recibido de otra una determinada suma de dinero en efectivo o en especie y sirve de comprobante de pago.

Documento en que el acreedor reconoce expresamente haber recibido del deudor dinero u otra cosa a efectos del pago o cumplimiento de la obligación.

CHEQUE

Un cheque es un documento bancario en el que una persona autorizada para extraer dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta sin que sea necesaria su presencia.

Es una orden de pago pura y simple (sin condición alguna) librada contra el banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden en cuenta corriente bancaria, o está autorizado para girar en descubierto.

LOS PAGARE

Es un título- valor de circulación y aparece como forma impropia del contrato de cambio que contenía intereses.

Es un documento de crédito al igual que la letra de cambio, con la promesa pura y simple de pagar una suma de dinero, en un determinado tiempo.

A diferencia de la letra de cambio, que es un documento de orden abstracto, el pagaré es un título- valor de origen causal, es decir que en documento se podrá pactar los intereses, puede incluirse la causa que da origen al pagaré, como también podrá incluirse la garantía con la cual se afianza la obligación.

Es por esta razón seguramente, que el pagaré es más utilizado que la letra de cambio, en los bancos e instituciones financieras, por cuanto el propio pagaré podrá pactar los intereses y garantizar la obligación mediante el aval, en otras palabras diremos que es un título- valor más completo que la letra de cambio.

El cheque es un documento de pago inmediato, a diferencia de la letra de cambio y el pagaré, que son documentos de crédito.

LA COTIZACION

La cotización es darle valor a un bien, de esta manera se cotizan los valores que participan en el mercado bursátil. También se cotiza el trabajo.

Precio registrado en una Bolsa cuando se realiza una negociación de valores, o también expresión de uso bursátil para señalar el valor de acciones y otros instrumentos que se venden a través de bolsas de valores.

La primera acepción de este término hace referencia al precio de equilibrio para un título en función de la oferta y la demanda. Por otra parte, también se utiliza este nombre para el precio al que se ha realizado la compra o la venta de un valor o de una divisa en la bolsa, o en los mercados monetarios.

LETRA DE CAMBIO

La letra de cambio es un documento de crédito que sirve para respaldar las operaciones comerciales realizadas a plazos, la letra de cambio es una orden de pago escrita, por la cual una persona llamada deudor o cargo debe pagar a su vencimiento al tenedor del documento.

La letra de cambio históricamente ha surgido, debido a exigencias económicas, que necesitaban de un medio acto para satisfacerlas teniendo en cuenta las múltiples relaciones recíprocas entre los individuos.

Dentro de la clasificación de los títulos - valores en causales y abstractos, la letra de cambio viene a ser título - valor abstracto. Con este mismo criterio la letra es un título -valor esencialmente de crédito, es decir, que contiene una operación crediticia que debe satisfacerse mediante el pago de una cantidad de dinero, en un tiempo determinado.

Igualmente la letra de cambio es título- valor a la orden, o sea que se puede transferir mediante endoso; aun cuando no figure la cláusula a la orden, la letra es un documento circulante, por tanto puede tener una serie continuada de endosos.

Es titulo que origina obligaciones solidarias de todos los que han firmado la letra, frente al último tenedor; al igual que participa también de las otras características de los demás títulos- valores.

La principal diferencia entre los títulos - valores causales y abstractos estaría, no en que en ellos se expresa o la causa que les a dado origen; sino en que el título abstracto está desvinculado de la relación subyacente, siendo indiferente que esta relación sea o no mencionada en él, es decir, que la causa debendi no está vinculada ni indicada mientras que en los títulos causales si lo está.

RECIBO DE COMPRA

Recibo de compra es aquel que se da a la persona o al cliente al momento de haber hecho una compra o al haber cancelado una deuda.

El recibo de compra es que el especifica la compra realizada.

NOTA DE CREDITO

La Nota de Crédito será emitida al mismo adquiriente o usuario para modificar comprobante de pago emitidas con anterioridad. Específicamente para disminuir (abonar o acreditar) el importe de una factura a la que no se le ha considerado oportunamente ciertos descuentos o que por pronto pago se deba conceder un determinado descuento, así como por la anulación de operaciones.

FACTURA DE CREDITO

Es un documento que sigue sin aceptación.

Permite fijar una fecha cierta para pago de las facturas que les venden a los hipermercados y otras grandes concentraciones comerciales o cuando son proveedoras de grandes industrias. Esto neutraliza los abusos de posición dominante de las grandes empresas, abusos que han sido sistemáticamente utilizados, por los grandes hipermercados y las grandes concentraciones industriales para obtener de manera desleal una mejor posición competitiva, en perjuicio de las pequeñas y medianas empresas de la producción, de la industria y del comercio, causando graves daños no solo a esos segmentos empresarios sino también a las economías regionales.

Es un instrumento de crédito eficaz, ya que al ser conformadas por grandes empresas son fácilmente negociables en las instituciones financieras permitiendo así el acceso al crédito a un sector empresario al que hoy le esta vedado.

NOTA DE CONTABILIDAD

La nota de contabilidad es un documento interno de la empresa, que es utilizado para hacer registros contables, cuando se trata de operaciones que no tienen soportes externos, u operaciones para las cuales no existen documentos internos específicos.

En primer lugar, se debe hacer claridad que las operaciones que la empresa realice con terceros, necesariamente deben tener soportes válidos como son las facturas. Una factura no puede ser reemplazada por una nota de contabilidad o cualquier otro documento diferente. Por ejemplo, cuando ser realiza compra de bienes, el único documento válido es la factura, o documento equivalente en el caso que la operación se realice con una persona no obligada a facturar

RECIBO

El recibo es un documento, mediante el cual una persona acredita haber recibido de otra una determinada suma de dinero en efectivo o en especie y sirve de comprobante de pago.

Documento en que el acreedor reconoce expresamente haber recibido del deudor dinero u otra cosa a efectos del pago o cumplimiento de la obligación


LOS PAGARE

Es un título- valor de circulación y aparece como forma impropia del contrato de cambio que contenía intereses.

Es un documento de crédito al igual que la letra de cambio, con la promesa pura y simple de pagar una suma de dinero, en un determinado tiempo.

A diferencia de la letra de cambio, que es un documento de orden abstracto, el pagaré es un título- valor de origen causal, es decir que en documento se podrá pactar los intereses, puede incluirse la causa que da origen al pagaré, como también podrá incluirse la garantía con la cual se afianza la obligación.

Es por esta razón seguramente, que el pagaré es más utilizado que la letra de cambio, en los bancos e instituciones financieras, por cuanto el propio pagaré podrá pactar los intereses y garantizar la obligación mediante el aval, en otras palabras diremos que es un título- valor más completo que la letra de cambio.

El cheque es un documento de pago inmediato, a diferencia de la letra de cambio y el pagaré, que son documentos de crédito.


LA COTIZACIÓN

La cotización es darle valor a un bien, de esta manera se cotizan los valores que participan en el mercado bursátil. También se cotiza el trabajo.

Precio registrado en una Bolsa cuando se realiza una negociación de valores, o también expresión de uso bursátil para señalar el valor de acciones y otros instrumentos que se venden a través de bolsas de valores.

La primera acepción de este término hace referencia al precio de equilibrio para un título en función de la oferta y la demanda. Por otra parte, también se utiliza este nombre para el precio al que se ha realizado la compra o la venta de un valor o de una divisa en la bolsa, o en los mercados monetarios.
Letra de cambio

LA LETRA DE CAMBIO

es un documento de crédito que sirve para respaldar las operaciones comerciales realizadas a plazos, la letra de cambio es una orden de pago escrita, por la cual una persona llamada deudor o cargo debe pagar a su vencimiento al tenedor del documento.

La letra de cambio históricamente ha surgido, debido a exigencias económicas, que necesitaban de un medio acto para satisfacerlas teniendo en cuenta las múltiples relaciones recíprocas entre los individuos.

Dentro de la clasificación de los títulos - valores en causales y abstractos, la letra de cambio viene a ser título - valor abstracto. Con este mismo criterio la letra es un título -valor esencialmente de crédito, es decir, que contiene una operación crediticia que debe satisfacerse mediante el pago de una cantidad de dinero, en un tiempo determinado.

Igualmente la letra de cambio es título- valor a la orden, o sea que se puede transferir mediante endoso; aun cuando no figure la cláusula a la orden, la letra es un documento circulante, por tanto puede tener una serie continuada de endosos.

Es titulo que origina obligaciones solidarias de todos los que han firmado la letra, frente al último tenedor; al igual que participa también de las otras características de los demás títulos- valores.

La principal diferencia entre los títulos - valores causales y abstractos estaría, no en que en ellos se expresa o la causa que les a dado origen; sino en que el título abstracto está desvinculado de la relación subyacente, siendo indiferente que esta relación sea o no mencionada en él, es decir, que la causa debendi no está vinculada ni indicada mientras que en los títulos causales si lo está